Bando Medidas Estado de Alarma en Istán
BANDO DE ALCALDÍA
Visto que el pasado 14 de marzo de 2020 se publicó el Real Decreto 463/2020 por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, siendo de aplicación a todo el territorio nacional.
Visto el contenido del citado Real Decreto dictado en el marco de protección de la salud y seguridad de todos los ciudadanos, evitar la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública, se adoptarán las siguientes medidas:
1º. - En primer lugar, que el Estado de Alarma se decreta durante 15 días naturales.
2º. - Los integrantes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales, quedarán bajo las órdenes del Ministerio del Interior.
3º.- Limitación de la libertad de circulación de personas pudiendo hacer uso de las vías públicas para las siguientes actividades:
- Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
- Retorno al lugar de residencia habitual
- Asistencia y cuidado de mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- Deslazamiento a entidades financieras y de seguridad.
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Cualquier otra actividad análoga que deberá de hacerse individualmente.
- También se permite el repostaje en gasolineras o estaciones de servicios.
4º. - Suspensión de toda actividad educativa presencial den todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza.
5º. - Suspensión de apertura al público de locales y establecimientos minorista, a excepción de los establecimientos comerciales de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos farmacéuticos, médicos, productos higiénicos, productos ortopédicos, combustible, entre otros.
6º. - Suspensión de fiestas populares, verbenas y desfiles.
7º. - Suspensión de actividades de hostelería y restauraciónAtendiendo al artículo l 6 del citado Real decreto en virtud del cual cada Administración conservará las competencias que le otorga la legislación vigente en la gestión ordinaria de sus servicios para adoptar las medidas que estimen necesario, con fecha 17 de marzo se dicta Decreto de Alcaldía con las siguientes medidas:
Primero. - El Ayuntamiento de Istán estará abierto para garantizar los servicios básicos; el Registro del Ayuntamiento funcionará en horario habitual.
Si bien se pide a la ciudadanía que, salvo casos excepcionales y urgentes, se relacionen con la Administración municipal mediante canales telefónicos (952 86 96 03) y por medios electrónicos (a través de la página web municipal http://www.istan.es y de la sede electrónica https://sede.malaga.es/istan). Además la ciudadanía se podrá dirigir al Ayuntamiento mediante los siguientes correos electrónicos “ registro@istan.es; estadistica@istan.es”.
Ordenar el mantenimiento y continuidad de los servicios municipales que deberán dimensionarse adecuadamente a las necesidades ordinarias y extraordinarias que puedan ir surgiendo durante el período que se extienda el Estado de Alarma. Por ello, se establece el sistema de teletrabajo para aquellos empleados públicos que puedan ejercer sus funciones a través de una forma no presencial. Todo ello mediante la utilización de la Administración Electrónica que facilita el acceso a los expedientes, para la protección de carácter individual y colectivo, tanto de los ciudadanos como de los empleados públicos locales.
Asimismo se garantizará los servicios mínimos de limpieza y recogida de basura, adoptando toda y cada una de las medidas necesarias que garanticen la salubridad pública y de los propios trabajadores.
TERCERO. –Proceder al cierre del “Punto Limpio”; la NO recogida de enseres “puerta a puerta” y la suspensión del transporte al hospital, hasta fin de esta situación de Estado de Alarma.
CUARTO. – Suspensión de la representación de “el Paso” así como de las Procesiones de Semana Santa, de conformidad con el Real Decreto dictado por el Gobierno de España en su artículo 10.5 “se suspenden asimismo las verbenas, desfiles y fiestas populares”. Agradecer, nuevamente, a todos los vecinos y vecinas del municipio de Istán su compresión, y pedir que cumplan estas medidas, y en especial, no salir de casa, haciendo un llamamiento a la responsabilidad y solidaridad.
Istán a 17 de marzo de 2020
El Alcalde/Presidente